CIRCULAR M-30/2021.
León, a 16 de marzo de 2021.
Estimados/as compañeros/as:
Como consecuencia del nuevo Reglamento de asistencia jurídica gratuita aprobado por el Real Decreto 14/2021, de 9 de marzo, se incorporan en el mismo las siguientes novedades en cuanto a la prestación del servicio de asistencia al detenido:
-Cuando se trate de la prestación del servicio de asistencia letrada al detenido, preso o denunciado en el procedimiento especial para el enjuiciamiento rápido de delitos en los que se haya procedido a la designación de Letrado del turno de Oficio, este deberá presentar la solicitud de asistencia jurídica gratuita (sabana). Además, cuando proceda, deberá rellenarse el impreso contenido en el Anexo I.II del Reglamento, debidamente firmado, DEBIENDO DAR TRASLADO de la solicitud en el PLAZO DE CUARENTA Y OCHO HORAS al servicio de orientación jurídica gratuita del Colegio de Abogados para su tramitación.
- Si el Letrado designado apreciara que el posible beneficiario de justicia gratuita carece de medios económicos, de manera notoria, elaborará el informe contenido en el modelo del Anexo I.III del Reglamento que deberá unirse a la solicitud.
-La solicitud deberá cumplimentarse con todos los datos personales y económicos del solicitante y deberá firmarse por este. En el caso de que este no pudiere, se hará constar tal circunstancia acreditándose mediante certificación expedida por el Juzgado que esté llevando a cabo el procedimiento.
-Deberá acompañarse a la solicitud el Modelo contenido en el Anexo I.IV consistente en la defensa y representación letrada a víctimas de violencia de género ,de terrorismo , de trata de seres humanos, menores de edad y personas con discapacidad intelectual en los supuestos previstos en párrafo g) del art. 2 de la Ley 1/1996 de 10 de enero.
-Deberá acompañarse igualmente a la solicitud el impreso contenido en el Anexo I.V del Reglamento, consistente en la autorización, denegación o revocación expresa de cesión de datos personales y consulta de información especialmente protegida para la tramitación de la solicitud.
Los Anexos I.I (solicitud de asistencia jurídica gratuita) I.II, I.III, I.IV y V están a vuestra disposición en el Colegio de Abogados así como en su página web https://www.ical.es/justicia-gratuita/normativa
Os reitero el nuevo plazo de cuarenta y ocho horas para su presentación en el caso de la asistencia letrada en el procedimiento especial de enjuiciamiento rápido.
-Cuando se considere insostenible una pretensión se deberá comunicar a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita dentro de los diez días hábiles siguientes a su designación.
La solicitud de asistencia jurídica gratuita así como el resto de anexos citados tienen que ser presentados en su formato original en el Colegio no admitiéndose fotocopia.
Para cualquier duda estamos a vuestra disposición.
Un saludo,
Mª Luz del Carre González del Rey
Coordinadora del T.O. y A.J.G.
Ilustre Colegio de Abogados de León
C/ Conde de Saldaña, 4 -24009 León-
Tfno. 987 262046 Fax. 987 261199
www.ical.es
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