El periodo de prueba debe concertarse por escrito y con una duración exacta en el contrato, según el Supremo. Mónica2023-05-15T10:47:35+02:0015 de mayo de 2023|Noticias| (confilegal.com) Para ver el artículo completo, pinche aquí. Compartir en: FacebookXRedditLinkedInWhatsAppTumblrPinterestVkCorreo electrónico