El Supremo fija que no se puede deducir en el Impuesto de Sociedades gastos de forma retroactiva. Mónica2024-05-24T09:49:36+02:0024 de mayo de 2024|Noticias| (eleconomista.es) Para ver el artículo completo, pinche aquí. Compartir en: FacebookXRedditLinkedInWhatsAppTumblrPinterestVkCorreo electrónico